martes, 22 de junio de 2010

REGIMEN TRIBUTARIO DEL SECTOR AGROPECUARIO




El productor agrícola venezolano paga impuesto desde que nace el IVA Ley que obliga a todos los venezolanos a soportar el impuesto a través de los créditos fiscales no recuperables. los bienes producidos a nivel primario están exentos de IVA, este impuesto a las ventas ha afectado mas al ganadero que al agricultor, ya que el ganadero utiliza una serie de insumos útiles para muchos fines que estan gravados con el IVA, en cambio el Agricultor utiliza mas bien exentos que gravados.
La verdadera exencion en este impuesto si el contribuyente exento puede evitar el pago de la alícuota impositiva al comprar insumos o bienes demostrando sus condiciones de agricultor, bien con un certificado o con la constancia de productor del MPC.



En cuanto al ISLR debe quedar claro que ha sido eliminada la exencion a la actividad primaria en la nueva Ley la cual rige a todos los eventos del Sector Primario a partir de los ejercicios fiscales que inicien después de su entrada en vigencia. establece una base de excepción para las personas naturales cuyo ingreso bruto sea menor de 2625 U.T, las cuales no tendrán que pagar ni declarar el impuesto y a efectos tributarios deberá llevar solamente una relación de ingresos y egresos.


Para la actividad primaria que se considera una actividad no mercantil el ajuste por inflación no es obligatorio, es un optativo. Ahora solo se pueden aprovechar las perdidas fiscales solo por 1 año, de manera que pierde atractivo el régimen a nivel de sujeto pasivo del impuesto y al ser opcional para la actividad primaria entonces puede que quede fuera de las escenas contable de la mayoría de las fincas.

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